Proceso registro de patente
El registro de una patente en España confiere al titular 12 meses de prioridad mundial.
PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR UNA PATENTE
La patente es un documento jurídico y técnico. Confiere al titular el derecho exclusivo y el derecho a prohibir que terceros usen sin su consentimiento la novedad reivindicada. El procedimiento a seguir para el registro de una patente es relativamente complejo, por lo que para llevarla a buen fin se requiere la colaboración de un Agente Oficial de la Propiedad Industrial que defienda su novedad, las ventajas que la diferencian de lo ya conocido y sobre todo, que sepa reivindicar para la propiedad industrial del inventor aquello que ofrece la patente de novedoso.
Patentabilidad: El procedimiento a seguir para registrar una patente comienza en el momento en que el inventor concibe una idea, que poco a poco irá tomando forma hasta madurar en invención para terminar convirtiéndose en patente en el momento de su registro. El inventor debe tener claro que para que su invención pueda ser patente ha de cumplir tres requisitos: El primero es que contenga al menos una novedad, entendiéndose por novedad todo aquello que por no haber sido publicado, no se conozca con anterioridad. El segundo que esa novedad implique actividad inventiva, lo que quiere decir que la novedad ha de ser útil, ha de aportar al menos una mejora, una ventaja, la solución de un problema al estado de la técnica conocido hasta entonces. El tercer requisito es que sea susceptible de aplicación industrial, motivo éste por el que no son patentables las teorías científicas, los métodos en los que no intervienen elementos físicos y en general toda aquella obra científica, artística o literaria que por no poder someterse a un proceso industrial pertenece a la propiedad intelectual.
Novedad y actividad inventiva: Una vez el inventor tenga claro lo que quiere patentar, bien porque haya llevado a cabo ensayos con éxito o porque lo haya calculado o desarrollado un prototipo o sea consciente de que aquello funciona, debe encargar la memoria descriptiva a un Agente Oficial de la Propiedad Industrial. Le explicará al Agente en qué consiste su invención, los inconvenientes o problemas que ésta resuelve, las ventajas que aporta. Éste, asistido por sus colaboradores abogados, ingenieros o en su caso químicos o biólogos comenzará buscando en bases de datos documentos que pudieran destruir la pretendida novedad de la invención. Si encuentra algunos, los analiza para comprobar si las características reivindicadas en ellos coinciden con las características novedosas de la invención propuesta. Si encuentra que la invención propuesta aporta al menos una novedad y que esta novedad implica actividad inventiva procederá a comunicarlo así al inventor para que éste decida si se debe proceder a la redacción de la memoria descriptiva.En la memoria descriptiva ha de quedar constancia en primer lugar que la invención propuesta como patente realmente presenta una o más novedades. Para ello el Agente Oficial deberá comparar las características novedosas de ésta con las de las precedentes encontradas en la búsqueda, para a continuación relacionar los inconvenientes que presentan las anteriores y cómo la invención propuesta viene a resolver dichos inconvenientes. Esto es necesario expresarlo con la mayor claridad y concisión para que cuando la patente llegue a examen, el Examinador pueda determinar no sólo la novedad de la invención, sino también su actividad inventiva.
Descripción: A continuación procederá el Agente Oficial, ayudándose de sus asistentes, a describir la invención propuesta sin repeticiones innecesarias que puedan confundir más que aclarar, utilizando la terminología y la sintaxis apropiada, con claridad y concisión, sin omitir ninguno de los elementos implican novedad, destacando aquellos que suponen una ventaja frente a lo conocido. Es muy importante que la descripción reúna estos requisitos, ya que por un lado tiene que superar el examen de forma y el de fondo y por otro, tendrá que ser traducida a los idiomas de los países en que va a ser registrada y explotada.
Blindaje: Lo que a continuación expondremos se llama blindaje por la similitud conceptual entre un carro de combate blindado para que el enemigo no pueda destruirlo, y la patente igualmente “blindada” para que ningún tercero, que si bien no es enemigo, sí es un competidor, pueda destruir la novedad de la invención propuesta como patente. Se trata de conferir a la patente fortaleza y seguridad para que resista posibles embestidas frente a su novedad y actividad inventiva. A este respecto, el inventor comunicará al Agente todas las posibles realizaciones diferentes de la invención y éste no sólo las llevará a la descripción sino también a las reivindicaciones.
Dibujos: Para una mejor comprensión de la memoria descriptiva se adjuntarán a la patente tantos dibujos como para ello sea necesario. Éstos deben cumplir las normas del reglamento de patentes y los diferentes elementos que constituyen la invención han de estar señalados mediante flecha y número, sin más leyenda. Deben incluirse cuantas figuras sean necesarias para mejor comprender lo que se ha descrito, pudiendo ser éstas alzados, plantas, perfiles, secciones, detalles y perspectivas.
Realización preferida: Es preceptivo describir una realización preferida de la invención haciendo referencia a los números que aparecen en las figuras. Por ello las figuras deben referirse tan sólo a la mencionada realización preferida.
Reivindicaciones: Ésta es la parte más importante de la patente. Se reivindica como propiedad industrial del inventor todo aquello que sea nuevo en la patente y que implique actividad inventiva. Es importante que las reivindicaciones consten tan sólo de un solo párrafo, ya que así se evita el que en el examen de fondo pueda tacharse de falta de novedad o de actividad inventiva una reivindicación completa por el hecho de que uno de sus elementos no tenga novedad o actividad inventiva.
Resumen: No debe superar las 150 palabras. Aunque no tiene valor jurídico, se emplea para dar a conocer la patente, resultando muy útil como prólogo de la misma, para que el que busca una patente determinada reciba una primera y rápida impresión de lo que trata, para posteriormente, si le ha interesado lo que ha leído en el resumen, pasar a leer el resto de la patente. Por consiguiente, es importante que el resumen refleje aunque muy brevemente, el contenido real de la patente.
Prioridad: En el día, hora y minuto en que se deposita la memoria descriptiva de la patente con sus reivindicaciones, los dibujos y el resumen en la Oficina de Patentes del país de origen, en nuestro caso España, obtiene la patente un derecho de prioridad de 12 meses, válido en todos los países signatarios del Convenio de la Unión de París de 1883, que son prácticamente todos los países del mundo. Esto significa que en caso de pretender registrarse una patente en cualquier país del mundo idéntica o parecida a la prioritaria no prosperará su registro. Hay que tener muy en cuenta que esta prioridad sólo dura 12 meses. ¿Qué se puede hacer para prorrogarla por más tiempo? La respuesta está en el siguiente párrafo.
PCT – Patent Cooperation Treaty. Se trata de un tratado internacional por el que los países signatarios, que son la mayoría de países del mundo, se obligan a respetar el procedimiento PCT. Dicho procedimiento otorga por un lado una prórroga del derecho prioritario de 30 meses a partir de la prioridad y por otro un informe sobre el estado de la técnica (IET) mundial seguido de opinión escrita al respecto que servirá posteriormente para registrar la patente en fase regional o nacional.
Examen, IET y opinión escrita: Una vez dentro del PCT, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Industrial) se encarga de examinar la patente, de emitir el IET (Informe sobre el Estado de la Técnica), así como la Opinión Escrita. En caso de ser favorable el IET, lo es también la opinión escrito, por lo que podrá seguir tramitando en fase nacional sin problemas. Si el IET señala algunas reivindicaciones
Fase nacional: Una vez transcurridos los 30 o 31 meses, según los países, la patente tiene que entrar en fase nacional en aquellos países en los que va a ser explotada, es decir, el inventor tiene que inscribir sus derechos de autor en dichos países, traduciendo la patente al idioma de destino y valiéndose de los exámenes de forma y de fondo, del informe internacional del estado de la técnica y de la opinión escrita ya alcanzados por la tramitación del PCT.
Anualidades: A partir del tercer año, hay que pagar anualidades hasta la 20 en cada uno de los países en los que se mantengan los derechos en vigor. El importe de las anualidades va aumentando paulatinamente a medida que transcurren, siendo el importe más elevado el que corresponde a la anualidad 20.